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Con 16 votos a favor y tres en contra, el Congreso de Tlaxcala se convirtió en la entidad número 22 del país en aprobar el matrimonio igualitario.
CIUDAD DE MÉXICO .- Tlaxcala se convirtió en la entidad número 22 en aprobar el matrimonio igualitario.
Con 16 votos a favor y tres en contra, el Congreso estatal modificó el Código Civil y legalizó la unión entre dos personas del mismo sexo.
“El matrimonio igualitario ha formado parte de la agenda legislativa, no solo local, sino de relevancia en el ámbito nacional e internacional como parte de una lucha contra la homofobia, la discriminación y el respeto de los derechos humanos”, indicó el punto de acuerdo presentado por el diputado local Miguel Ángel Covarrubias Cervantes.
Esta reforma fue acordada por las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para reformar el Código Civil para redefinir jurídicamente la figura del matrimonio en el estado.
“Derivado de la reforma constitucional de 2011, la discriminación se entiende como una conducta que impide o menoscaba el ejercicio de un derecho porque da un trato diferenciado motivado por prejuicios o estigmas relacionados con características inherentes a una persona, ya sea preferencia sexual, ideología política, religión u otros similares”, indicó la reforma.
En el caso de México, la unión civil de personas del mismo sexo comenzó con la creación de la Ley de Sociedades de Convivencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, una ley similar se aprobó en Tlaxcala a finales de 2016.
“Dichas figuras no se encuentran restringidas a las personas homosexuales, sin embargo, carecen de certeza jurídica en aspectos inherentes a la familia.
Estado #22 🇲🇽#Tlaxcala🏳️🌈 ¡Sí, acepto!
🏳️🌈 Se reforma el código civil ✅ Matrimonio Igualitario en #Tlaxcala #VamosMexico
🏳️🌈🏳️🌈🏳️🌈🏳️🌈 pic.twitter.com/zvG4b1ydeD— CEDHUMI (@CEDHUMI) December 8, 2020
«En algunos estados, se propusieron figuras que pudieran equipararse al matrimonio como un régimen jurídico diferenciado o alternativo al cual pudieran optar las personas homosexuales en lugar de casarse, sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que estas figuras alternas son discriminatorias sin importar que contemplen los mismos derechos y que su única diferencia es la denominación, justificó.
En el caso de Tlaxcala, los matrimonios igualitarios sólo han podido realizarse mediante largos y costosos juicios de amparo que no se encuentran al alcance de los interesados, admitió.
“Cabe recordar que está prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona. En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, tanto por parte de autoridades estatales como de particulares, puede disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual”, señaló.
Consideró que queda prohibida cualquier norma discriminatoria basada en la orientación sexual de la persona, por eso ninguna decisión o práctica legal por parte de autoridades estatales o de particulares puede disminuir o restringir los derechos de una persona a partir de su orientación sexual.