El Senado aprobó, por unanimidad, la nueva Ley de Educación Superior, en la que se establecen las bases para que el Estado cumpla con la obligación de garantizar el derecho de los mexicanos a la instrucción universitaria gratuita de manera gradual, a partir de 2022.
Es una ley reglamentaria a la reforma educativa en materia constitucional, que fue consensada con autoridades, universidades públicas y privadas, así como con el Secre y la intención es aprobarla en los próximos días.
En ella, se establecen criterios para el financiamiento a la educación pública, la obligación de las instituciones privadas de destinar el 5% de su matrícula a becas de estudiantes sin recurso, garantiza el respeto la autonomía universitaria ya que “ningún acto legislativo podrá contravenirla” y frena a las llamadas universidades “patito”, ya que para brindar el servicio deben contar con el reconocimiento de validez oficial.
Resaltó que establece las bases para dar cumplimiento a la obligación del Estado de garantizar el ejercicio del derecho a la educación superior; establece las atribuciones en la materia entre la Federación, las entidades federativas y los municipios en la materia.
Asimismo, en el artículo 64 de la iniciativa de ley se destaca que en el Proyecto y Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal que corresponda se establecerá un fondo federal especial destinado a asegurar a largo plazo los recursos económicos suficientes para la obligatoriedad, de manera gradual, de los servicios de educación superior, así como la plurianualidad de su infraestructura, en términos del artículo 3 de la Constitución.
Además, se destaca en el proyecto de ley que el fondo federal especial contendrá lo siguiente: El componente de obligatoriedad, el cual asignará recursos suficientes para apoyar el incremento de la cobertura de educación superior, mejorar la distribución territorial y la diversidad de la oferta educativa y garantizar el financiamiento plurianual de la infraestructura, equipamiento, instalaciones, incremento de la planta docente y gastos de operación de las instituciones públicas de educación superior.
Y el componente de gratuidad, el cual asignará recursos suficientes para compensar los ingresos por cobros de las instituciones públicas de educación superior a estudiantes por conceptos de inscripción, reinscripción y cuotas escolares ordinarias, en los programas educativos de técnico superior universitario, licenciatura y posgrado.