Algunos ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional la reforma impulsada por el Ejecutivo federal que amplía el catálogo de delitos, pero será hasta hoy cuando se defina si se lograrán los ocho votos necesarios para que esto ocurra.
Este jueves la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) retomará el análisis de la prisión preventiva de oficio, tema en el que durante dos días el Pleno no logró consenso.
El pasado lunes 5 de septiembre, el ministro Luis María Aguilar presentó una propuesta en la que planteó inaplicar la prisión preventiva de oficio prevista en la Constitución debido a que, al darse de manera automática, resulta contraria a los derechos humanos.
Sin embargo, la propuesta obtuvo 7 posturas en contrario por parte de los integrantes del Pleno, aunque una mayoría de 10 ministros consideran esta figura contraria a derechos humanos.
Aguilar Morales pidió al Pleno retomar el tema hoy para reflexionar sobre la posibilidad de modificar su proyecto o sostenerlo aunque sea desechado.
Además, recordó que faltaba definir si la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, mediante la inclusión de algunos delitos fiscales, es o no constitucional.
Algunos de los ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional esta reforma impulsada por el Ejecutivo federal, pero será hasta hoy cuando se defina si se lograrán los 8 votos necesarios para que esto ocurra.
Actualmente, el catálogo contemplado en la constitución de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, es de 16: abuso o violencia sexual contra menores; delincuencia organizada; homicidio doloso, feminicidio y violación; secuestro, trata de personas, robo de casa habitación; uso de programas sociales con fines electorales; enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo al transporte de carga; huachicoleo; desaparición forzada de personas; delitos con armas y explosivos; delitos con arma de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Los delitos que fueron adicionados a esta categoría a través de la reforma a la Ley Federal de Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional y el Código Nacional de Procedimientos Penales son: expedición, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes; defraudación fiscal y contrabando.
Con información de: Proceso