Diputados avalan prohibir el uso de mamíferos marines en espectáculos

Diputados avalan prohibir el uso de mamíferos marines en espectáculos

El Pleno de la Cámara de Diputados modificó la Ley General de Vida Silvestre para prohibir los espectáculos fijos e itinerantes que utilicen mamíferos marinos, así como cualquier actividad cuya finalidad no sea la investigación científica o la enseñanza para su conservación y preservación.

El aval se dio con mayoría de 318 votos, 19 en contra y 130 abstenciones.

“Con 318 votos favor, 19 en contra y 130 abstenciones, se avala, en lo particular, la reforma a la Ley General de Vida Silvestre, a fin de prohibir la utilización de mamíferos marinos en cualquier actividad cuya finalidad no sea la investigación científica”, informó la cuenta de Twitter de la Cámara baja.

La modificación es el artículo 60 Bis de dicha ley para establecer lo siguiente:

“Queda prohibida la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes; así como en cualquier actividad cuya finalidad no sea la investigación científica o con propósitos de enseñanza, para su conservación y preservación. Queda prohibido realizar la reproducción de ejemplares de mamíferos marinos bajo manejo intensivo cuya finalidad no sea la reintroducción, la repoblación o la traslocación”.

La legisladora Karen Castrejón, quien presentó la propuesta, detalló que con esta reforma se busca terminar con la reproducción forzada de estos animales y se prevé que las autorizaciones vigentes se mantengan en sus términos hasta la muerte de los ejemplares.

Esta reforma indica que los propietarios y poseedores de mamíferos marinos en cautiverio contarán con máximo 90 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de esta reforma, para entregar un inventario de dichos ejemplares a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, donde se incluya desde nombre científico, sexo, edad, entre otros.

Se apunta que quien incumpla lo señalado, será considerado una causal de revocación de los registros como Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) o Predios o Instalaciones que Manejen Vida Silvestre (PIMVS).

Queda establecido que los ejemplares de mamíferos marinos incluidos en los registros podrán seguir utilizándose hasta su muerte en términos de los planes de manejo vigentes al momento de la entrada en vigor del decreto, y en ningún caso, los planes actualizados incluirán los animales no considerados en el inventario señalado.

Con información de: Xeu

administrator

Related Articles

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *