La Corte inicia discusión sobre la prisión preventiva oficiosa

La Corte inicia discusión sobre la prisión preventiva oficiosa

El ministro Luis María Aguilar presenta su proyecto de resolución sobre las impugnaciones tramitadas contra la reforma impulsada por el Ejecutivo con la que se adicionaron tres delitos fiscales a la Ley de Seguridad Nacional: defraudación fiscal, simulación de operaciones con facturas y contrabando.

Este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si es posible acotar o no la forma en la que se aplica la figura de prisión preventiva de oficio en el país.

Durante la sesión del Pleno, el ministro Luis María Aguilar Morales presentará su proyecto de resolución sobre las impugnaciones tramitadas contra la reforma impulsada por el Ejecutivo federal con la que se adicionaron tres delitos fiscales a la Ley de Seguridad Nacional: defraudación fiscal, simulación de operaciones con facturas (factureros) y contrabando.

 

Esta adición provocó que automáticamente esos tres delitos se incorporaran al catálogo de conductas previstas en el artículo 19 constitucional que regula la prisión preventiva de oficio.

En las impugnaciones, se planteó a la Corte que esta ampliación del catálogo es contraria a la Constitución pues provoca que la aplicación de la prisión preventiva de oficio, que en México se da de manera automática, resulta en una pena anticipada para los imputados.

Y es que la prisión preventiva de oficio es la medida por la que, si una persona es acusada por los delitos previstos en el artículo 19 constitucional, permanecerá en la cárcel mientras se dicta sentencia en su proceso penal.

En su proyecto el ministro propondrá invalidar la reforma con la que se adicionaron los delitos fiscales, para lo cual deberá obtener 8 votos a favor, precisando que a estos se les puede aplicar prisión preventiva justificada.

Además, propondrá establecer una interpretación conforme para que la prisión preventiva de oficio ya no se aplique en automático, sino que los jueces analicen caso por caso y justifiquen adecuadamente la necesidad de mantener a una persona en la cárcel mientras dura su proceso.

Para lograr esto, el ministro necesita obtener 6 votos, de hacerlo, esto no implicará que las personas que están sujetas a esta figura puedan salir de la cárcel sino que podrán acudir a los jueces a pedir la revisión de sus medidas cautelares para que determinen si es posible modificarlas.

Esta es la segunda ocasión que el debate llega al Pleno pues en septiembre pasado, el ministro Aguilar Morales propuso dejar de aplicar el artículo 19 constitucional, proyecto que al tener cuatro votos en contra no prosperó.

Con información de: Proceso

administrator

Related Articles

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *