
Durante la Mañanera del Pueblo, la mandataria informó sobre la NOM-EM-006-ASEA-2005 y la NOM-EM-007-ASEA-2005

A raíz de la explosión en la Alcaldía Iztapalapa, que cobró la vida de 31 personas, “gobernadores” de velocidad y GPS forman parte de las nuevas reglas para el transporte de Gas Licuado de Petróleo (LP).
En la Mañanera de este 2 de octubre, se dieron a conocer las normas NOM-EM-006-ASEA-2005 para el transporte de Gas LP y la NOM-EM-007-ASEA-2005 para la distribución de Gas LP, las cuales serán publicadas este 3 de octubre en el Diario Oficial de la federación (DOF). La Presidenta Claudia Sheinbaum informó que quedó atrás la confianza en las empresas, ahora sí habrá inspecciones.
“Antes no había inspección, ahora hay inspección, se le creía a la empresa a lo que le decía a la autoridad (…) antes era una inspección visual, ahora se tienen que hacer pruebas.
“Todos los vehículos que transporten Gas LP tienen que tener un gobernador de velocidad, no pueden ir a máxima velocidades, todos van a tener un GPS y va a haber un centro de monitoreo (…) entra toda la regulación que tiene que ver con seguridad industrial”, informó.
La Secretaría de Energía, Luz Elena González, detalló los aspectos de la nueva normativa.Por ejemplo, antes sólo se hacían inspecciones visuales externas, pero ahora existirá la obligación de acreditar la realización de inspecciones visuales internas y prueba periódica de presión hidrostática. También se obliga a contar con aditamentos de control de velocidad y transmisión de la información del GPS conforme a la regulación oficial.
“Dejando en claro y como conclusión, con la emisión de estas dos normas se transita hacia un esquema regulatorio en el que las cuatro instituciones reconocemos que tanto la velocidad como las condiciones de manejo y el estado de funcionamiento de las unidades de transporte y distribución de Gas Licuado de Petróleo, no sólo son materia de tránsito, sino también son materia de seguridad industrial y operativa”, enfatizó.
Una vez publicadas las normas en el DOF, todas las unidades de transporte contarán con un plazo de cuatro meses a partir de su entrada en vigor para demostrar cumplimiento.Las unidades de distribución con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad igual o mayor a 10 años contarán con cuatro meses. El resto de las unidades de distribución deberán mostrar su cumplimiento en los próximos seis meses.
Con información de: El Heraldo de México


