
La reforma a los nuevos lineamientos fue publicada en la Gaceta Oficial del Estado

Este martes 25 de noviembre entró en vigor la reforma a la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal, que regulará el proceso de entrega de la administración de las alcaldesas y alcaldes que concluyen su periodo constitucional, así como de quienes iniciarán funciones el 1 de enero del 2026.
La reforma, publicada en la Gaceta Oficial del Estado, además de establecer plazos legales para el proceso de entrega-recepción de la administración municipal, garantiza el derecho de audiencia a las funcionarias y funcionarios municipales que concluyen su periodo el próximo 31 de diciembre.
El 1 de enero entrarán en funciones 212 nuevos alcaldes y alcaldesas, igual número de síndicos y 630 regidores y regidoras, para el periodo constitucional de enero 2026 a diciembre del 2030. Como parte de la conclusión de las administraciones en funciones, deberá hacerse el proceso de entrega-recepción.
La reforma, aprobada el pasado jueves 20 de noviembre y que entró en vigor este 25 de noviembre, fue presentada por el diputado local y virtual alcalde de San Andrés Tuxtla, Rafael Rafaroni Magaña.
A partir del 2026, el protocolo de entrega y recepción se realizará el día primero de enero, cuando se instale el nuevo Ayuntamiento, en términos de la Constitución Política Local y demás leyes secundarias. Las reuniones para iniciar el proceso inician el 1 de diciembre.
El dictamen establece que el proceso de entrega-recepción se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes y se someterá a la consideración del Ayuntamiento, el cual podrá llamar a las personas servidoras públicas de la administración saliente para que expresen lo que a sus intereses convenga respecto de las observaciones que contenga, o para solicitar información o documentación complementaria.
El Ayuntamiento en funciones certificará y expedirá los documentos necesarios para complementar la información del expediente de entrega-recepción que soliciten las personas servidoras públicas de la administración saliente, con el fin de aclarar y solventar las observaciones del dictamen.
En el proceso de entrega-recepción del año 2020, la queja reiterada fue que los alcaldes próximos a concluir su periodo se negaban a certificar documentos, pese a la obligación de las administraciones salientes de solventar observaciones ante el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis).
Las nuevas administraciones deberán expedir los documentos necesarios para la integración del expediente de entrega-recepción que soliciten las personas servidoras públicas de la administración saliente. La respuesta se emitirá en un plazo no mayor a 15 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación.
Dentro de los 10 días hábiles siguientes, el Ayuntamiento emitirá el acuerdo correspondiente en vía de opinión, mismo que remitirá al Congreso del Estado, a través de la Secretaría de Fiscalización, adjuntando el acta circunstanciada y el expediente para la revisión de las cuentas públicas municipales.
Con información de: Lsr Veracruz


