Valida Tribunal Electoral resultados de la elección de gobernador en 21 distritos

Valida Tribunal Electoral resultados de la elección de gobernador en 21 distritos
El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) confirmó los resultados de la elección de gobernador en 21 distritos electorales, esto luego de declarar como infundados e inoperantes los agravios hechos valer por los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), en los recursos de inconformidad presentados para pedir la nulidad de diversas casillas.
De esta manera, los magistrados validaron la votación en las demarcaciones de Pánuco , Tantoyuca , Tuxpan, Álamo Temapache, Poza Rica, Xalapa I , Xalapa II, Coatepec, Veracruz I, Veracruz II, Boca Del Río, Huatusco, Córdoba, Orizaba, Camerino Z. Mendoza, Zongolica, San Andrés Tuxtla, Cosoleacaque, Acayucan, Minatitlán y Coatzacoalcos II.
Al resolver las impugnaciones interpuestas por los institutos, éstas fueron desechadas debido a que no probaron las causales señaladas en el Código Electoral para declarar la nulidad.
Es decir, no aportaron pruebas que sustentaran el presunto error o dolo por parte de la autoridad administrativa, que la votación haya sido recibida por personas distintas a las autorizadas, el cambio de sede de los centros de votación y recibir la votación en hora y fecha distinta a la señalada en la normatividad comicial.
Solamente se anularon cinco casillas en el distrito de Pánuco y se hicieron pequeños cambios en los resultados de los distritos Xalapa I, Veracruz I y II, Coatzacoalcos I y II, Camerino Z. Mendoza, Zongolica, Cosoleacaque, Santiago Tuxtla, Poza Rica, Tuxpan, Orizaba y Martínez de la Torre y Coatepec, luego del recuento parcial jurisdiccional de 169 paquetes electorales realizado los días 11, 12 y 13 de julio.
Por otra parte, los integrantes del TEV declararon improcedente el recuento parcial de la elección de diputado solicitado por Morena en el Distrito de Cosoleacaque, toda vez que difieren de los argumentos del partido, quien afirmó como inconstitucional hacer un recuento jurisdiccional, pues el Código Electoral lo estipula.
Asimismo desecharon los planteamiento del instituto político actor, quien aseveró que en el cómputo distrital en sede administrativa, indebidamente se le restaron votos declarándolos como nulos.
Finalmente los togados resolvieron imponer un apercibimiento a los consejeros distritales de Camerino Z. Mendoza, en vista de que no fueron diligentes para atender a los requerimientos que el magistrado instructor, José Oliveros Ruiz, les hizo para substanciar la impugnación de la elección de gobernador por aquella demarcación.
Es por ello que se dará vista al Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), sobre esta situación, para que en lo subsecuente no ocurra.
fuente:  versiones
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