Proceden los juicios políticos contra el fiscal Jorge Winckler

Proceden los juicios políticos contra el fiscal Jorge Winckler

La comisión de Gobernación del Congreso local dio un término de 24 horas para revisar y validar los dictámenes de Juicio Político contra el Fiscal General, Jorge Winckler Ortiz, que consideran procedente su enjuiciamiento.
En sólo un mes y medio Jorge Winckler Ortiz sumó siete solicitudes de juicio político, de los cuales tres fueron ratificados y turnados a comisiones y dictaminadas por los diputados de Morena, que evitaron citar a reuniones previas antes de emitir el acuerdo que será votado en el pleno.
El 30 de diciembre del 2016 Wincker Ortiz fue nombrado Fiscal General con el respaldo de 38 de los 50 diputados de la 63 Cámara, su periodo de elección fue de 9 años, por lo que permanecería en el cargo hasta el 2025. Desde la campaña Morena amagó con removerlo del cargo, y tras la elección del 1 de julio, y el virtual triunfo del partido de izquierda, los diputados electos amagaron con enjuiciarlo.
Se anunció que se revisarían los mecanismos legales para quitarlo del cargo, y a la campaña en su contra se sumó el Secretario de Gobierno, Eric Patrocinio Cisneros, quien, sin tener injerencia en el tema, ha reiterado que se encargará de su remoción.
Una vez que entró en funciones la 64 legislatura se han presentado en total siete solicitudes para su remoción, la última petición ingresó este miércoles 12 de diciembre y tendrá que ser ratificado por Carlota Zamudio, ex delegada de la SSP, y quien permanece recluida en el penal de Pacho Viejo desde el pasado mes de abril. Es la segunda ocasión en la que su abogado Arturo Baltazar acude a hacer la misma petición.
Recientemente el Secretario General del Congreso, Domingo Bahena, confirmó que, de seis peticiones presentadas, solo tres fueron ratificadas, por lo que el resto fueron desechadas.
Las que se dictaminaron
La Organización Nacional Anticorrupción (ONEA), representada por Iván Gidi, fue la primera en solicitar el juicio del Fiscal. La petición se presentó el 06 de noviembre y se turnó a revisión el pasado 13 de noviembre. La queja se basó en la transgresión de los derechos humanos de colectivos de búsqueda, y violaciones graves a la autonomía de la Fiscalía General.
El abogado Jorge Reyes Peralta, presentó dos denuncias a nombre de Gilberto N, ex director de la Policía Ministerial del Estado, quien se quejó de actos de tortura, al afirmar que todo el tiempo le ponen música al interior de su celda.
Reyes Peralta acudió al Congreso local el 07 de noviembre, cuando anunció su primera solicitud. Se confirmó que se desistió, por lo que presentó un nuevo escrito en el transcurso del mes, y fue el 26 de noviembre cuando se le dio entrada y se turnó a comisiones.
Se mantienen vigente y se dictaminó la queja que presentó Francisco Zarate Aviña, ex colaborador del Fiscal General Luis Ángel Bravo, quien denunció desaparición forzada de parte de elementos ministeriales, para obligarlo a dar con el paradero del ex titular de la FGE. La denuncia la presentó el 05 de diciembre y un día después fue turnada a comisiones.
Bermúdez no acudió a ratificar su queja
Se desecharon tres solicitudes, una de ellas fue la que presentó el abogado de Arturo Bermúdez Zurita, que no fue ratificada, a pesar de que el funcionario recobró su libertad el pasado 05 de diciembre, y su petición se llevó al Congreso el 03 de diciembre. Rodolfo de la Guardia acudió a presentar la queja por el delito de fraude procesal.La otra fue la del abogado Jorge Reyes Peralta, así como la de Carlota Zamudio, toda vez que el Congreso local no envió a una comisión para tomar la declaración de la ex funcionaria y ratificar su petición.
Juicio político pierde vigencia en un año
De proceder la solicitud el proceso legal contra el Fiscal General no debe superar el periodo de un año y además de una sanción penal en su contra, puede ser inhabilitado de la función pública, hasta por 10 años. Si queda absuelto de las acusaciones podrá regresar como titular del órgano autónomo.
El artículo 77 de la Constitución de Veracruz establece que los funcionarios podrán ser sujetos a juicio político, por los actos u omisiones que conforme a la ley afecten a los intereses públicos fundamentales y a su correcto despacho.
Son sujetos a juicio los Diputados, el Gobernador, los Secretarios de Despacho, el Contralor General; el Fiscal General del Estado; los Magistrados; los Presidentes Municipales o de Concejos Municipales y los Síndicos, entre otros.
El trámite legislativo
La ley de Procedencia y Juicio Político del Estado establece los plazos legales para dar seguimiento a la solicitud de enjuiciar al Fiscal de los Veracruzanos.
En un plazo no mayor a tres días la denuncia, tendrá que ser ratificada y turnada a la Secretaría General del Congreso. Una vez ratificada, se enlistará en la siguiente sesión para que el Pleno la conozca y la turne a las Comisiones Permanentes Unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales. Fue el pasado
Las comisiones unidas confirmarán si el denunciado es servidor público, si la denuncia contiene la descripción de hechos que justifiquen que la conducta atribuida afecta a los intereses públicos fundamentales y a su correcto despacho; y si los elementos de prueba agregados a la denuncia permiten presumir la existencia de la infracción y la probable responsabilidad del denunciado.
Si la queja no satisface los requisitos precisados en las fracciones anteriores, se determinará el sobreseimiento, de lo contrario, se formulará el dictamen previo y lo depositarán junto con el expediente en la Secretaría General.
Dicho órgano turnará el dictamen a la Comisión Permanente Instructora, que emplazará al denunciado para que, en un periodo de siete días después de ser notificado, comparezca ante ellos.
La audiencia de pruebas y alegatos se desahogará dentro de diez días posteriores al vencimiento del plazo concedido al denunciado. La Comisión Permanente Instructora dictaminará los hechos denunciados, en el plazo de tres días posteriores a la fecha de la audiencia de pruebas y alegatos.
Si se comprueba la responsabilidad del servidor público, la Comisión Permanente Instructora dictaminará: que está legalmente comprobada la conducta o el hecho materia de la denuncia y la responsabilidad del encausado; y la propuesta de sanción que deba imponerse.
El documento se regresará a la Secretaría General que deberá enlistarlo en el orden del día de la siguiente sesión ordinaria, y se tendrá que votar en una sesión privada -en la que se erigen como jurado-. Winckler Ortiz tendrá oportunidad de asistir a defenderse.
Al proceder el juicio político el acusado será puesto a disposición inmediata del Tribunal Superior de Justicia, al que deberá consignar el expediente que contiene la acusación y las constancias del procedimiento. Será la comisión Permanente Instructora la responsable de sostener la acusación ante dicho tribunal.
En el Poder Judicial se constituirá una Comisión de Enjuiciamiento, será dicho órgano quien citará a comparecer al Fiscal y los integrantes de la Comisión Instructora, para conocer de las acusaciones; podrán presentar pruebas y alegatos, y se debe emitir un acuerdo de resolución.
El presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado citará a una audiencia, el Pleno funcionará como Jurado de Sentencia, serán los responsables de dictar la resolución absolutoria o condenatoria, que obliga al apoyo de las dos terceras partes del número total de sus integrantes.
Si la resolución del Jurado de Sentencia es absolutoria o no se obtiene la mayoría calificada se denegará la declaración de inhabilitación o destitución del Fiscal General.
Fuente: AVC

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