Arturo Hérvis Reyes retiene a empleados del DIF de Cabada.

Arturo Hérvis Reyes retiene a empleados del DIF de Cabada.

*Lo señalan de violentar artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.
*Usar cursos e instancias legales para efectuar denuncias le recomiendan.
Ángel R. Cabada
Por Luis Manuel Toto Pólito
Imágenes: Concepción Cobaxin Arrés 
Apenas ayer el ex senador Arturo Hérvis Reyes fue nuevamente señalado de utilizar su prepotencia y obstruir el trabajo de empleados del DIF de Ángel R. Cabada cuando se trasladaban a realizar actividades oficiales, esto en medio de pleno proceso electoral.
Sin ser autoridad judicial o algo que se le parezca, el candidato de la alianza PAN-PRD detuvo la circulación de una camioneta propiedad del ayuntamiento en la colonia López Portillo, donde retuvo por varios minutos el vehículo y a sus tripulantes, esto con el respaldo de varios de sus simpatizantes.
Se habla de que en esta unidad viajaba Lucía Morales, directora del DIF municipal, junto con sus colaboradores, quienes al ver tal acción hicieron llamado a la policía municipal, ya que temieron por su integridad física.
Sin importarle que se quebranten las garantías individuales de estos trabajadores, es que el abanderado de la alianza ocupa una vez más sus ínfulas y su persona como si fuese autoridad judicial.
Lo que olvida es que para ingresar quejas o denuncias debe ocupar los conductos legales como la Fiscalia Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), el Organismo Público Local Electoral (OPLE) e incluso el Instituto Nacional Electoral (INE) e incluso exigir su apoyo para que se realice una inspección de lo que ocurre.
En este sentido, Arturo Hérvis Reyes aseguró que los empleados de DIF Municipal se trasladaban a entregar ventiladores en plena veda electoral, cuando se debe evitar la sesión de apoyos a personas, sin embargo en ningún momento  en el video que montó a redes sociales se aprecian estos elementos como prueba de delito.
En su propio video ha quedado evidenciado su manera de actuar: prepotencia y altanería, con completo desconocimiento de la ley como si México viviera en los tiempos del viejo oeste cuando cada quien podía tomar la ley por su propia mano.
Este día salió a relucir el artículo 16 de la Constitución Política de México; Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
https://www.facebook.com/arturo.hervizreyes.5/videos/125201298049513/


 

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