Corte buscará frenar las relaciones poliamorosas

Corte buscará frenar las relaciones poliamorosas

A casi tres años del amparo otorgado a un ciudadano en Puebla para que pueda casarse o vivir con más de dos parejas, un ministro de la SCJN busca revocarlo

Desde que un ciudadano en Puebla logró obtener un amparo para que pueda pueda casarse o vivir en una relación de poliamor con dos o varias personas a la vez, el tema volvió a discusión debido a que un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) busca que revocar la sentencia otorgada hace casi tres años.

El 21 de mayo de 2021, el Juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales en el Estado de Puebla, dictó sentencia en la que concedió el amparo al ciudadano al considerar que los artículos impugnados eran inconstitucionales al presentar un problema relacionado a la no discriminación.

La resolución a favor de la persona se debió principalmente porque “excluía tácita e injustificadamente a las relaciones entre varias personas del acceso al matrimonio y concubinato, lo que vulnera los principios de igualdad y no discriminación, contenidos en los artículos 1 y 4 constitucionales”, señaló la Suprema Corte en un comunicado.

El ciudadano impugnó la reforma de los artículos 294 y 297 del Código Civil del Puebla, que prevén las instituciones del matrimonio y del concubinato como una unión entre dos personas, pero el inconforme aseguró que se trata de un asunto de exclusión a los que prefieren relaciones consentidas conformadas por más de dos personas (relaciones poliamorosas).

Durante su administración, el entonces gobernador del estado, Miguel Barbosa, afirmó que la figura del poliamor es contraria a la naturaleza y fines del matrimonio y del concubinato, pues surge como una crítica a la monogamia y a los valores tradicionales de estas instituciones, y tiene su fundamento en la libertad de elección sobre el número de personas con las que se pueden vincular aquellas que practican este tipo de relaciones, señaló la Corte.

En ese sentido, el Tribunal Colegiado solicitó la reasunción de competencia del recurso de revisión al considerar que la temática planteada es novedosa, porque no existen precedentes en los que se haya resuelto sobre el reconocimiento en las leyes locales del derecho de las personas con preferencias sexuales poliamorosas a contraer matrimonio, expresó la SCJN.

El caso sigue abierto, por lo que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentará un proyecto a la Primera Sala para revocar la medida sobre el poliamor ya que afirmó que las manifestaciones poliamorosas no cuentan con una gran presencia en la sociedad por lo que podría generar situaciones de discriminación.

Con información de: El Heraldo de México

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