De velocidad y fotomultas

De velocidad y fotomultas

Aunque aún no entra en operación la aplicación del Reglamento de Tránsito en el estado de Veracruz, estos días he bajado mi velocidad, pues he de reconocer que aunque quisiera respetar los señalamientos ¡Qué difícil es manejar a 60 kilómetros por hora o menos!
Pero aún así, he estado haciendo ejercicios de velocidad y ya le bajé para irme acostumbrando a manejar así; desde luego que no falta el que me rebasa a más de la velocidad permitida y por el carril de acotamiento, como en alguna ocasión lo hiciera el director de la Juventud del Ayuntamiento de Xalapa, a quien sólo vi pasar como alma que lleva el diablo con su carro negro. ¿Recibirá igual su multa que los demás ciudadanos?
Y es que actualmente, los conductores manejan con tal impunidad porque no se aplica ni el reglamento anterior (pues perdió su vigencia) ni el actual porque imagino que aún no tienen las disposiciones técnicas para hacerlo, razón por la que aún no están infraccionando (porque en verdad no creo que sea por buena voluntad o porque quieran que nos vayamos adaptando).
Ante todo lo que ha dado de qué hablar el reglamento de vialidad, creo que la autoridad tendrá otro problema en la aplicación de fotomultas cuando las notifique.
¿A quién le llegará la multa, al dueño actual del vehículo o al que aparece en el Padrón Vehicular?
Le explico un caso. Tengo un amigo que en el año 2008 vendió un Chevy en el tianguis que se pone en la colonia Casablanca.
Actualmente, se encuentra en el buró de crédito, debido a que el dueño actual no realizó el cambio de propietario y no pagó la tenencia y el derecho vehicular en cada año por lo que el carro tiene un adeudo de más de 27 mil pesos.
Desde luego que mi amigo está muy preocupado; en primer lugar, porque no es sujeto de crédito debido al adeudo que tiene con el Gobierno del Estado de Veracruz, y para que lo bajen del Buró de Crédito es necesario que liquide el adeudo. “¿Y pues de dónde?” Es lo primero que me dice, además de que no se le hace justo que él esté pagando los derechos vehiculares de un auto que ya no tiene.
Definitivamente, el primer responsable es él porque al venderlo no lo dio de baja en la oficina de Hacienda del Estado. Es decir, ahora es recomendable que al vender un vehículo, se haga el cambio de propietario de la unidad en el momento de la venta o al siguiente día. De lo contrario, deberá realizar la baja en Hacienda del Estado, por lo que deberá de quitarle las placas, devolver  la tarjeta de circulación y mostrar la factura del auto, su identificación oficial y último pago de derechos vehiculares en la oficina de Hacienda más cercana. De Este modo podrá deslindarse totalmente del vehículo.
Y su pregunta es: ¿A quién le llegará la fotomulta? Tristemente debo entender que a él, a menos que las autoridades planteen una solución al respecto.
­¡No exageres!­ dice mi marido ­vas a 40 kilómetros por hora; puedes ir más rápido­ me dice.
­Nooo­ le contesto ­estoy practicando y ya vi que si voy a 60 sin acelerar, a veces subo la velocidad sin querer.
­¡Exageras, Brenda!
Tal vez tenga razón, pero creo que trato de dominar mis demonios de velocidad que traigo dentro.
Email:caballero_brenda@hotmail.com

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