La familia denunció un posible abuso de autoridad de policías estatales
Pasadas las 2 de la tarde del miércoles 21 de septiembre, policías del estado detuvieron a Mario N, quien se encontraba en las inmediaciones de la base de motos en la que presta servicio de envío. Su familia alertó de la posibilidad de que la Fiscalía lo presentara como responsable del homicidio de la maestra Elizabeth Meza, asesinada horas antes.
A través de videos que subieron a redes sociales, la familia denunció un posible abuso de autoridad de policías estatales, que esposaron al moto repartidor en la banqueta, en la calle Francisco Villa de la colonia del mismo nombre, sin contar con una orden de aprehensión.
Sin embargo, el actuar de los elementos de Seguridad Pública se podría tipificar como desaparición forzada. El delito, calificado como grave, se acredita con la queja de la familia que señaló que por un par de horas no sabían del paradero de Mario, luego de que se lo llevaron elementos de seguridad pública.
Los hechos Mario Jiménez, tío del repartidor, denunció las irregularidades cometidas por policías estatales que hicieron la detención del joven, por el simple hecho de presumir que la moto que maneja era robada.
Para concretar la detención de Mario, realizaron al menos tres visitas al domicilio, y tras acreditar la propiedad de la moto que -presuntamente tenía reporte de robo-, los policías solo se llevaron a Mario N, no así la motocicleta, que fue lo que motivó los rondines en la colonia Francisco Villa.
Abogados consultados por este medio explicaron que para detener a una persona que cometió algún presunto delito solo se puede dar en flagrancia, es decir, cuando comete el ilícito o se presume que actúa de una manera sospechosa; o, con una orden de aprehensión que, además, debe ir acompañada con una orden de cateo -que permitiría ingresar a una vivienda-. Las dos órdenes deben ser emitidas por un juez.
Durante la detención de Mario, que se dio después de las dos de la tarde, los policías se presentaron encapuchados, además, cubrieron el número económico de la unidad con chalecos antibalas.
Ese hecho, que podría ser por seguridad de los elementos, también podría tipificarse como un abuso de autoridad, pues usaron el uniforme para llevarse a una persona sin acreditar alguna falta o delito, explicó el abogado.
Tras la detención de Mario, la familia tomó un taxi para dirigirse al cuartel de San José, sin embargo, perdieron a la unidad en el tráfico. Al llegar a la cárcel preventiva les negaron que Mario estuviera en los separos, incluso, cuando acudieron a la Fiscalía tampoco se tenía reporte de su ingreso.
Cuando un policía interviene a una persona por un presunto delito, explicó el abogado, solo puede dejarlo seguir su camino, una vez que revisó su identificación y no encontró alguna falta o acreditó un posible delito.
La otra opción, detalló, es presentarlo en la cárcel preventiva, para que sea el área jurídica la que defina si se debe pagar una multa, o la persona recobra su libertad de manera inmediata.
O, en todo caso, se debe dar la presentación de una persona ante el Ministerio Público y todo se debe realizar de inmediato, “te detengo, porque según yo creo cometiste un delito, y te llevo a mi oficina para que el jurídico defina si se quedas por faltas administrativas, se va libre o se presenta ante el MP”.
“Eso debe ser de inmediato y no es que te paseo, pues el solo hecho de llevarlo a otro lugar es ilegal”, explicó el experto en derecho, quien refirió que es en ese momento cuando se configura el delito de desaparición forzada.
La policía solo puede intervenir a un ciudadano cuando esta en un lugar donde no debería, “si son las cuatro de la mañana y está dando vueltas alrededor de una escuela; si vas manejando y te ven zigzagueando, porque puede ir tomado, y eso es un delito. Y la otra forma de detenerlo es cuando estás cometiendo el delito”.
Refirió que, si la Fiscalía pretendía detener a Mario N, debía tener algunos elementos como puede ser el seguimiento en cámaras de vigilancia sobre su presencia en el lugar donde se cometió el delito, y sólo así se puede justificar una persecución, de lo contrario, si pasaron horas después del ilícito, no puede ir a tocar a la puerta de una casa-para detenerlo, porque no hay flagrancia-, y es entonces que debe solicitar la orden de aprehensión.
La primera versión de la detención del repartidor fue que había cometido una falta administrativa; sin embargo, cuando ya se reconoció que estaba en San José se le presentó ante el MP por delitos contra la salud.
El abogado comentó que incluso, si Mario portaba alguna droga para consumo personal no podían detenerlo y llevarlo a San José. Para justificar una revisión y confirmar que llevaba algún narcótico o estimulante, primero tenían que haberlo encontrado en una situación sospechosa, y no pedir saliera del domicilio, para luego esposarlo.
Inclusive, si primero se afirmó que se había detenido por faltas administrativas, como puede ser alterar el orden público o por orinar en la vía pública -según lo ejemplificó el gobernador Cuitláhuac García en su conferencia de prensa-, no debieron variarle el delito, tal como lo denunció la familia.
Finalmente, Mario N fue liberado en las primeras horas de este jueves 22 de septiembre, confirmó su tío.
Con información de: E-consulta Veracruz