La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados informa que recibió una iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador que reforma las leyes federales de Derechos y de Armas de Fuego y Explosivos, para que porten armas los trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros.
La iniciativa reforma, que analizarán los diputados y en su caso aprobarán, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para actualizarla y establecer sanciones para diversas faltas administrativas y delitos que dañan a la sociedad y que no están previstos en ningún ordenamiento legal.
La reforma precisa que será facultad exclusiva del presidente de la República y la SEDENA expedir permisos, licencias y manifestación de armas de fuego, el control y registro de las operaciones relacionadas con las mismas en el país, así como su fabricación y comercialización.
Indica que al momento de que particulares registren un arma se deberá asignar a una persona que asuma la responsabilidad en caso de fallecimiento de la persona titular o en ausencia declarada; regula los calibres .357, .22” Magnum, Hornet y TCM.
Busca otorgar certeza jurídica para la portación de armas de fuego permitidas a personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados, jornaleras del campo, así como pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.
Estipula que se expedirá un permiso que regule el control de armas para su uso en actos cívicos y culturales para representar y difundir eventos de relevancia histórica nacional; esta norma será requisito indispensable, para los deportistas de tiro o cacería, justificar la posesión y transportación del arma de fuego desde su domicilio a un club de tiro o cacería acreditado ante la SEDENA.
Además, determina que la comercialización de cartuchos sea únicamente para las armas de fuego inscritas en el Registro Federal de Armas; amplía los supuestos de infracción a la ley quienes posean cartuchos de uso permitido en cantidades menores a las autorizadas sin tener registro de arma que ampare su uso o contar con armas de fuego sin haberlas manifestado en el Registro Federal de Armas.
Menciona que se establecerán los periodos de un año para revalidación de licencias particulares individuales y de dos años para licencias particulares y oficiales colectivas. Entre otros cambios, prohíbe a las empresas de seguridad privada utilizar armas de fuego cuando su licencia particular haya sido cancelada. La iniciativa fue enviada a la Comisión de Defensa.
Con información de: Xeu