En la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado de Veracruz se publicó este jueves el Decreto número 879, el cual adiciona una fracción XXXIX Bis al artículo 33 de la Constitución Política del estado de Veracruz que permite al gobernador electo presentar su Plan Veracruzano de Desarrollo.
En el documento se indica que en un plazo de cuatro meses, a partir de que recibe la constancia de mayoría, el gobernador electo elaborará y presentará al Congreso del Estado el Plan Veracruzano de Desarrollo.
El objetivo es que se apruebe a más tardar el 1 de diciembre.
Cabe recordar que el pasado 12 de mayo del año en curso, el Pleno de los diputados aprobó la reforma mediante un dictamen con un artículo único que indica: “se adiciona una fracción XXXIX Bis al artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue: Artículo 33… I. a XXXIX… XXXIX Bis. Aprobar el Plan Veracruzano de Desarrollo, en los términos de la ley respectiva”.
fuente: versiones
En el documento se indica que en un plazo de cuatro meses, a partir de que recibe la constancia de mayoría, el gobernador electo elaborará y presentará al Congreso del Estado el Plan Veracruzano de Desarrollo.
El objetivo es que se apruebe a más tardar el 1 de diciembre.
Cabe recordar que el pasado 12 de mayo del año en curso, el Pleno de los diputados aprobó la reforma mediante un dictamen con un artículo único que indica: “se adiciona una fracción XXXIX Bis al artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue: Artículo 33… I. a XXXIX… XXXIX Bis. Aprobar el Plan Veracruzano de Desarrollo, en los términos de la ley respectiva”.
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