Serán los Ayuntamientos a través de cabildo, quienes regulen licencias y ausencias de agentes y subagentes cuando estas no rebasen los 60 días.|
Para la separación definitiva del cargo o licencias que superen los dos meses, se turnará al Congreso del Estado para llamar al suplente o convocar a nuevas elecciones según amerite el caso.|
Por:Redacción
Tras la aprobación en el Pleno legislativo, con 44 votos a favor, la Reforma a Ley Orgánica del Municipio Libre faculta a los Ayuntamientos a través del cabildo, a llamar a los suplentes de Agentes y Sub Agentes Municipales, cuando estos se ausenten por un tiempo no mayor a 60 días, evitando así el vacío de poder en comunidades, y facultando al cuerpo edilicio para tomar una decisión en el marco de lo legal, sin tener que turnar al Congreso estos casos, no obstante las ausencias que superen los dos meses se seguirán atendiendo a nivel de la legislatura estatal, así lo confirmó el Diputado Local por el Distrito XXV, de los Tuxtlas, Octavio Pérez Garay.
“Para evitar el vacío de poder en las comunidades de los municipios veracruzanos, el Pleno legislativo aprobó el Dictamen que reforma la ley Orgánica del Municipio Libre para facilitar a munícipes que ante la ausencia, no mayor de 60 días de agentes y subagentes municipales, el Cabildo llame a los suplentes a ocupar el cargo, esta medida es un acierto y simplifica los mecanismos que permiten mantener en función las Agencias y Sub Agencias”, comentó el legislador.
Esta reforma se planteó durante la sesión extraordinaria, celebrada en la Fortaleza de San Carlos, en el municipio de Perote, donde el Congreso del Estado aprobó con 44 votos a favor de diputados de los grupos legislativos del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza, PT, Movimiento Ciudadano, PRD y AVE y sin votos en contra ni abstenciones, esta modificación que regulará las licencias y ausencias de estas autoridades y garantizará que en las localidades siempre haya una persona que sea enlace con el ayuntamiento.
“Ahora el Cabildo podrá llamar al suplente cuando la ausencia no rebase 60 días y permitir que de esta manera asuma la titularidad, pero si la separación es definitiva o mayor de dos meses, darán vista al Congreso del Estado para que, en cumplimiento de sus atribuciones, llame al suplente o si es el caso, convoque a elecciones extraordinarias”, detalló Octavio Pérez Garay.
Con la emisión de su voto a favor, el diputado Octavio Pérez Garay, afirmó que con esta reforma los legisladores avalaron el dictamen en virtud del beneficio que significará a los municipios.
Anteriormente, la ley obligaba a los Ayuntamientos a notificar las citadas ausencias al Congreso del Estado para que éste ordenara llamar al suplente, pero en ocasiones por la carga de trabajo, el procedimiento legislativo se prolongaba y quedaban acéfalos por mucho tiempo dichos cargos. “De tal modo que los presidentes municipales sufrían la ausencia de representantes en las zonas rurales, generando un problema complejo, que ahora, con esta reforma, garantiza que los ciudadanos tengan cerca un representante del Ayuntamiento”, concluyó el diputado tuxtleco.