Debido a que no fundamentó y motivó debidamente su resolución, los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) revocaron la decisión de la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que ratificó la designación de Julio César Serrano como candidato a alcalde de Catemaco por la coalición “Veracruz el cambio sigue” firmada con Acción Nacional (PAN).
En sesión pública, los integrantes del pleno le otorgaron 48 horas a la instancia intrapartidista, después de recibida la notificación del fallo, para que emita una nueva resolución que motive y fundamente adecuadamente.
Esto significa que la candidatura de Serrano por el PAN-PRD fue revocada y hasta en tanto la Comisión Nacional Jurisdiccional no se pronuncie y ratifique su nominación, él seguirá siendo el candidato virtual.
Javier Hernández Hernández, ponente de la cuenta, explicó que la Comisión Nacional Jurisdiccional justificó sin mayores argumentos la decisión del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del sol azteca, que el pasado 27 de marzo decidió que él sería su abanderado por aquella demarcación.
Al darle la razón a Homero Ramírez Ocampo, precandidato a la presidencia municipal de Catemaco, se agregó que si bien es una facultad del CEN decidir discrecionalmente a quien representará al PRD en las elecciones del 4 de junio, esa facultad no es absoluta.
Por su parte, sus homólogos Roberto Eduardo Sigala Aguilar y José Oliveros Ruiz, coincidieron con Hernández Hernández al insistir que el órgano de dirección debe respetar su propia normativa interna y para ello, debe fundar y motivar las determinaciones que tome, sin hacerlo a la ligera.
Añadieron que el TEV no puede pasar por alto su potestad de revisar la actuación de los institutos políticos, sin violentar su autonomía, por ello es que al advertir una irregularidad, lo correcto era revocar la decisión de la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD y ordenarle que emita una nueva cumpliendo su normatividad interna.
En sesión pública, los integrantes del pleno le otorgaron 48 horas a la instancia intrapartidista, después de recibida la notificación del fallo, para que emita una nueva resolución que motive y fundamente adecuadamente.
Esto significa que la candidatura de Serrano por el PAN-PRD fue revocada y hasta en tanto la Comisión Nacional Jurisdiccional no se pronuncie y ratifique su nominación, él seguirá siendo el candidato virtual.
Javier Hernández Hernández, ponente de la cuenta, explicó que la Comisión Nacional Jurisdiccional justificó sin mayores argumentos la decisión del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del sol azteca, que el pasado 27 de marzo decidió que él sería su abanderado por aquella demarcación.
Al darle la razón a Homero Ramírez Ocampo, precandidato a la presidencia municipal de Catemaco, se agregó que si bien es una facultad del CEN decidir discrecionalmente a quien representará al PRD en las elecciones del 4 de junio, esa facultad no es absoluta.
Por su parte, sus homólogos Roberto Eduardo Sigala Aguilar y José Oliveros Ruiz, coincidieron con Hernández Hernández al insistir que el órgano de dirección debe respetar su propia normativa interna y para ello, debe fundar y motivar las determinaciones que tome, sin hacerlo a la ligera.
Añadieron que el TEV no puede pasar por alto su potestad de revisar la actuación de los institutos políticos, sin violentar su autonomía, por ello es que al advertir una irregularidad, lo correcto era revocar la decisión de la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD y ordenarle que emita una nueva cumpliendo su normatividad interna.
FUENTE: VERSIONES