El Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA) y académicos consideraron que esta autorización de impacto ambiental debe anularse
Hay una simulación en torno al cumplimiento de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en torno a la nueva autorización de impacto ambiental otorgada por la Semarnat al proyecto de ampliación del puerto de Veracruz. y se debe ordenar que se someta nuevamente al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA), según ordenó la Corte.
Los activistas argumentaron que la Administración del Sistema Portuario de Veracruz, S.A. de C.V. (Asipona Veracruz), antes Apiver, fraccionó la ampliación del puerto de Veracruz en 14 pequeñas obras para evadir la evaluación integral de riesgos e impactos ambientales que podría generar esa gran obra. Además, omitió la presencia de ecosistemas, como el arrecife La Loma.
“Ahí fue que entra el amparo de ciudadanos y apenas en enero del 2022 la SCJN resuelve que Manifestaciones de Impacto ambiental deberían ser invalidados y reponer el proceso de impacto ambiental, el asunto es que la Semarnat debía cumplir esta sentencia.
Ellos invalidan las manifestaciones de impacto ambiental, pero lo que hizo mal fue que en vez de solicitarle al promovente de la obra que hicieran una gran manifestación de impacto ambiental, todo junto (…) se brincó el paso de decirle al promovente y Semarnat, dijo, bueno, ya tengo aquí todas las obras con sus manifestaciones de impacto individuales, pues haré todo, pero eso no funciona así”, expresó Leonardo Ortiz, investigador de arrecifes coralinos en la Universidad Veracruzana (UV).
Los promoventes del amparo consideran que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), debería garantizar los derechos de acceso a la información y participación de las personas en la toma de decisiones ambientales.
A pesar de ello, esta instancia no exigió a la Asipona considerar los descubrimientos científicos asociados al Corredor Arrecifal del Suroeste del Golfo de México de por lo menos los últimos 10 años.
“Es como si no se hubiera aprendido nada de todo este litigio. Lo que tenía que haber ocurrido era que se hiciera una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, con todos los elementos de la obra y haciendo uso de la mejor ciencia disponible, se aperturará un nuevo Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) y se expidiera una nueva resolución.
Es paradójico que las autoridades obligadas a cumplir no hayan considerado la jurisprudencia que se expidió a partir de este caso”, explicó Xavier Martínez Esponda, director operativo de CEMDA.
Señalaron que la Convención Ramsar sobre humedales de importancia prioritaria internacional debería dar acompañamiento para evaluar el impacto ambiental de la ampliación del puerto y proteger los ecosistemas arrecifales.
Yoatzin Popoca Hernández, del CEMDA, explicó que la ley establece que una sentencia tiene que cumplirse en tres días. En el caso particular de esta no puede ser así, por lo que el juez estableció plazos concretos. Cada 20 días hábiles la autoridad debe darle avances novedosos al juez.
“El 15 de junio se cumplen 20 días que están corriendo. Para esa fecha debería haber respuesta del juez, pero no ha sido así”, dijo.
Señaló que si no se cumple y se vuelve a repetir lo que originó un juicio, en este caso volviendo a dar la autorización a las obras portuarias, se llama repetición del acto reclamado.
“Llegará momento en donde el juez tiene que calificar dirá si la sentencia está o no cumplida (…) si no, podría ordenar qué hay desacato. Una acción es destituir una autoridad”, señaló.
El investigador de la UV indicó que los impactos ambientales que está teniendo la obra de la ampliación del puerto comienzan a verse ya, sin embargo, habrá otros que tardarán varias décadas en comenzar a ser notables y esa es la parte más preocupante, si será demasiado tarde para remediar el daño.
Con información de: E-consulta Veracruz