Ya hay fecha para votación de Ley Monse en Congreso de Veracruz

Ya hay fecha para votación de Ley Monse en Congreso de Veracruz

La diputada local, Anilú Ingram Vallines recordó que la ley se promovió e impulsó con el trabajo de colectivas como las Brujas del Mar

En las siguientes semanas se prevé que será presentado al pleno del Congreso de Veracruz el dictamen que limita la red de protección para presuntos delincuentes, mejor conocida como la Ley Monse.

El próximo 05 de noviembre inicia el primer periodo ordinario de sesión del segundo año de la 66 legislatura en Veracruz, y se podrá someter a votación el dictamen que modifica el código penal y limita la red de protección de feminicidas o agresores contra mujeres y niños.

La diputada local, Anilú Ingram Vallines recordó que la ley se promovió e impulsó con el trabajo de colectivas como las Brujas del Mar que pidieron limitar el número de personas que podrían ayudar a un presunto delincuente a evadir la justicia. La legisladora local afirmó que ya hay acuerdo entre los diferentes grupos parlamentarios para que el dictamen sea votado en el pleno, en los siguientes días.

“Justamente en el marco del día 25, que es día de erradicación de la violencia contra las mujeres, se estará aprobando aquí en el Congreso. Ya hay un dictamen en firme, que se trabajó con la comisión, ya nada más estamos esperando el inicio del periodo”.

La priista celebró que a nivel nacional se está promoviendo una ley similar que permitirá sancionar a los feminicidas y que implica cambios en varias normas vigentes.

 

En la actualidad el artículo 345 del código penal dice que no se sancionará a quien oculte al responsable de un delito o los efectos, objetos o instrumentos o impida que se averigüe, cuando se haga por un interés legítimo y no se emplee algún medio delictuoso, siempre que se trate de:

Los ascendentes y descendentes consanguíneos, afines o por adopción; el cónyuge, concubina o concubinario y parientes colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el segundo; o los que estén ligados con el delincuente por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad.

 

Esa legislación, da pie a que una persona familiar, amigo, vecino, novia, conocido, o alguien que le tuviera agrado a alguien que haya cometido un delito, pueda obstruir la investigación, incluso, eliminar la evidencia o el arma de un ilícito para negar el derecho de acceso a la víctima.

En la revisión del código se detectó que el artículo 345 se contraponía con el 26, 27 fracción IV, el 344 y el 347 por lo que, además que se hará una adecuación con la idea de no caer inconstitucionalidad y facilitar la huida de un delincuente, especialmente, de feminicidios.

 

El dictamen de la iniciativa al código penal establece que: no se sancionará a quien oculte al responsable de un delito cuando se haga por un interés legítimo y no se emplee algún medio delictuoso, siempre que se trate del cónyuge, concubina o concubinario, parientes colaterales por consanguinidad hasta segundo grado, y pareja de hecho.

Con información de: E-consulta Veracruz

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