Publican reglas para fideicomiso de atención a desastres naturales en Veracruz

Publican reglas para fideicomiso de atención a desastres naturales en Veracruz

Tras su aprobación por legisladores locales, se publicaron las reglas por las que operará el “Fideicomiso de Protección Civil para la Atención de Desastres Naturales y Otros Siniestros del Estado de Veracruz”.

Con este fondo se prevé que la remediación y reconstrucción en el norte de Veracruz inicien en 2026.

Asimismo, se busca establecer un mecanismo legal y financiero para atender las afectaciones por lluvias e inundaciones en los 40 municipios afectados, garantizando recursos estatales para la reconstrucción.

Por lo anterior, la Secretaría de Protección Civil emitió los lineamientos correspondientes, en los cuales se establece que la reconstrucción dará prioridad a obras y acciones con enfoque de derechos humanos, como acceso al agua, vivienda, educación, libre tránsito y comunicaciones.

“El Ente Ejecutor deberá iniciar los procedimientos de contratación y ejercicio de los recursos en un plazo que no exceda de 3 meses, contados a partir del día siguiente hábil de que la Secretaría Técnica remita el acta de sesión correspondiente debidamente firmada en la cual se haya autorizado por parte del Comité Técnico la asignación y utilización de los recursos del Fideicomiso”.

Para simplificar y hacer más funcional la normativa del Fideicomiso, la secretaria de Protección Civil, Guadalupe Osorno Maldonado, expidió un decreto que actualiza las Reglas de Operación.

La finalidad es regular el acceso a los recursos del fideicomiso bajo principios de oportunidad y efectividad, conforme a una metodología y procedimientos definidos para cada uno de los procesos.

Se podrán cubrir con cargo al fideicomiso la atención, remediación y reconstrucción de daños causados por fenómenos naturales perturbadores como geológicos, hidrometeorológicos e incendios forestales, entre otros. Además del hundimiento, movimiento de ladera, sismo y subsidencia.

Para estos últimos se aclara que no se considerarán como causas válidas para acceder a recursos situaciones derivadas de actividades humanas, como minería, explosiones, fallas en presas, extracción de agua o materiales, deforestación, obras de ingeniería o vibración por maquinaria pesada.

Los fenómenos hidrometeorológicos incluyen: granizada severa, huracán, inundación fluvial y pluvial, lluvia severa, nevada severa, sequía severa, tormenta tropical, tornado, vientos fuertes, mar de fondo, marea de tormenta y onda de calor.

De igual forma, los incendios forestales y cualquier otro fenómeno no previsto, siempre que sea extraordinario y se cumplan los procedimientos establecidos.

Con información de: Crónica de Xalapa

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