Alcaldes no podrán heredar pasivos: Orfis

Alcaldes no podrán heredar pasivos: Orfis

El Órgano de Fiscalización Superior supervisará a los estados y municipios que pretendan contratar deuda pues estos deberán registrarla ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo a la Ley de Disciplina Financiera.
La auditora especial de Legalidad y Desempeño del Órgano de Fiscalización Superior (Orfis), Evelia López Maldonado, informó que la contratación de deuda debe registrarse bajo los principios de transparencia y rendición de cuentas para garantizar que los montos serán destinados a inversión pública productiva.
Agregó que hay deuda que se adquiere a corto plazo para resolver otras situaciones de carácter financiero y los pagos deben estar garantizados antes de que concluyan los periodos constitucionales de las autoridades.
“También conlleva a que los ciudadanos puedan conocer los motivos por los cuales se está solicitando un crédito y cuál será su destino, mientras que en el proceso de la fiscalización, el Orfis deberá revisar que la contratación de deuda se haya hecho correctamente y tenga el destino adecuado”, explicó.
López Maldonado aclaró que a pesar de que el Orfis podrá supervisar la contratación de nueva deuda esto no significa que la opinión del organismo autorice la adquisición de un crédito.
“El ente fiscalizador revisa el portal de transparencia de quienes pretenden registrar su deuda ante la SHCP y verifica que se cumpla con la obligación de publicar información financiera que pide la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Una vez que se realiza la verificación se procede a emitir una opinión, en el sentido de que sí se cumple con toda la información que debe estar publicada o en su caso, que no se cumple por lo que la opinión del ente fiscalizador va en sentido negativo.
“La opinión del ente fiscalizador forma parte de uno de los requisitos que deben presentar los entes que contratan un financiamiento para que ésta pueda quedar inscrita como deuda ante la Secretaría de Hacienda”, detalló la auditora especial de Legalidad y Desempeño del Órgano de Fiscalización Superior.
Los municipios que decidan contratar un financiamiento a corto o largo plazo y requieran que el Orfis les genere una opinión deberán entregar un oficio al titular del ente fiscalizador y el documento debe ir firmado por el presidente municipal.

administrator

Related Articles