*De 6 meses a 2 años de prisión y multa de hasta 400 días de salario, pueden ser acreedores hombres que ejerzan violencia física o psicológica.
*Recomiendan a la población femenina que en caso de recibir mensajes que les desagrade, hacérselos saber a sus agresores, y en caso de insistir, denunciar.
San Andrés Tuxtla, Ver |
Por Sulamita Pólito Marcial |
Actualmente las mujeres que reciben mensajes de textos con cortejos o “piropos”, frases e imágenes a través redes sociales o servicios de mensajería instantánea, por parte de personas cercanas a ellas, como amigos o “conocidos”, pero que no resulta ser de su agrado, deciden dejarlo en visto y restan importancia, sin embargo, dichas acciones pueden aumentar teniendo como consecuencia hostigamiento, mismo que se considera violencia psicológica y puede ser denunciado por la víctima, explicó el abogado litigante en San Andrés Tuxtla, Marco Antonio Pérez Aguilar.
“En el código penal vigente para el Estado de Veracruz, en su aparatado Delitos de Violencia de Genero, capítulo I, artículo 361 menciona que a quien de manera pública o privada ejerza violencia física o psicológica en contra de una mujer, se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y multa de hasta 400 días de salario, independiente de la sanción que se puedan dar por otros delitos”, comentó el entrevistado.
Añadió que todo acto de hostigamiento que reciben las mujeres a través de medios electrónicos, ya sea por mensaje o llamadas, debe establecer un alto, pero en caso de que el individuo insista, se considera como una violencia psicológica, por el que podrá ser denunciado.
Pérez Aguilar expuso que la violencia psicológica es todo acto u omisión que dañe la estabilidad psíquica o emocional de una mujer, estos pueden ser: amedrentamientos, humillaciones, marginación, comparaciones destructivas rechazos, amenazas, condicionamiento, celotipia, abandono o actitudes devaluatorias de la autoestima de la mujer, por mencionar algunas.
Cabe hacer mención que dichos actos son desconocidos por mujeres que lo toman como una conducta habitual, pero si los hombres hacen caso omiso a las actitudes vengativas de la mujer, no deben insistir, ya que de lo contrario, la victima puede denunciar dicha violencia y el hombre podrá ser acreedor a multas o prisión dependiendo el caso, de acuerdo a lo antes mencionado.
El entrevistado recomendó a la población femenina que en algún momento han sido víctima de violencia psicológica a distancia, a que no dejen de hacer caso omiso a los mensajes, sino hacérselos saber a sus agresores, quienes deben entender que molesta el tipo de mensajes de texto que envían y por ende deberán dejar de hacerlo.
Al finalizar el litigante expuso a los hombres: “Nuestra labor como seres humanos es proteger el desarrollo de las mujeres…durante toda la historia, los hombres hemos sido privilegiados, es nuestro turno de otorgarse a otros individuos como niños, niñas y mujeres, protegerlas y respetar sus decisiones, hay que entender que NO es NO”.
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