Aspirantes a independientes deben apegarse a porcentajes y plazos: OPLE

Aspirantes a independientes deben apegarse a porcentajes y plazos: OPLE

XALAPA, Ver., 29 de enero de 2018.- Al dar contestación a un aspirante independiente a la diputación local por el Distrito de Córdoba, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) reiteró que los apoyos ciudadanos necesarios para conseguir la candidatura bajo esta figura deben provenir de todos los municipios que conforman el distrito por el que aspiran competir.
Por lo que el OPLE determinó como improcedente la petición de Óscar Gabriel Hernández López, quien pretendía que se le exonerara de la recolección de los apoyos en el municipio de Yanga, alegando problemas de inseguridad para realizarlo, en caso contrario, pedía que se le dieran más de 30 días del plazo legal establecido en el Código Electoral para conseguir los respaldos.
El ente comicial estipuló que el aspirante deberá apegarse en estricto derecho a los porcentajes establecidos y a los plazos establecidos en la convocatoria para las candidaturas independientes.
Hernández López refirió en su petición que 30 días eran “realmente pocos” ante la extensión territorial delimitada y sus condiciones escazas de seguridad, “siendo así una tarea muy exhaustiva de cumplir y favoreciendo la exposición a ser objeto de alguna situación de riesgos para nuestro equipo.”
En detalle, este ciudadano, al igual que Fidel Martínez Hernández y Piedad Patricia Dorantes Gatica, quienes también se registraron para contender por la diputación local por Córdoba, tiene hasta el 6 de febrero para juntar como mínimo 5 mil 772 apoyos.
En el municipio de Córdoba tienen que reunir 2 mil 987 respaldos; en Amatlán de los Reyes, 598 y en Yanga, 263 apoyos, los que Óscar Hernández pedía le fueran exonerados de reunir para optar por la candidatura sin el respaldo de un partido político.
El Código Electoral establece que deben juntar cuando menos el 3por ciento de la lista nominal de electores del distrito correspondiente, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, y estar integrada por ciudadanos de la totalidad de los municipios del distrito y que sumen como mínimo el 2 por ciento de ciudadanos que figuren en la lista nominal de electores en cada uno de ellos
fuente: quadratin

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