Los dispositivos rastrearán desde la captura de una persona hasta que sea entregada a las autoridades; habrá visitas sorpresa a centros de detención|
El Senado aprobó en comisiones la primera ley contra la tortura, que obliga a los policías a utilizar un dispositivo satelital para monitorear la detención de un presunto delincuente, su traslado y presentación ante el Ministerio Público.
También creará el Mecanismo Nacional de Prevención, integrado por expertos independientes que formarán parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), para hacer visitas sorpresa a cualquier centro de reclusión, incluidos los de tipo militar.
Con la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes se castigará hasta con tres años de cárcel a los integrantes de los cuerpos policiacos y funcionarios públicos de todos los niveles que traten de manera inhumana o degradante, incluso con ofensas verbales, a los detenidos no violentos.
La legislación no considera tortura los sufrimientos físicos o sicológicos causados por medidas legales o las inherentes o accidentales a éstas, así como por el uso legítimo de la fuerza.
Vigilarán labor policial mediante uso de GPS
La nueva ley, aprobada por el Senado en comisiones, incluye penas para funcionarios públicos.
El Senado aprobó en comisiones la primera ley contra la tortura que incluye la obligación del uso de GPS para los policías que realicen detenciones, con el objetivo de controlar los tiempos hasta que los agentes presenten al aprehendido ante el ministerio público y evitar con ello que incurran en actos de tortura.
Además, crea el Mecanismo Nacional de Prevención, integrado por expertos independientes, que formarán parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y que podrán visitar, sin previo aviso, cualquier centro de reclusión, incluidos los de tipo militar.
De igual forma, castigarán con penas de tres meses hasta tres años a los cuerpos policiacos y a funcionarios públicos que traten de manera inhumana o degradante, incluso con ofensas verbales, a los detenidos que no generen violencia alguna.
Aprobada por unanimidad por todas las fuerzas políticas, luego de casi 24 horas de negociación con el gobierno federal y con el Ejército mexicano, la nueva Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, tipifica dos tipos penales, como la ONU, a fin de permitir una mejor aplicación de la justicia.
Destaca que “al servidor público que en el ejercicio de su encargo, como medio intimidatorio, como castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona, se le aplicará una sanción de tres meses a tres años de prisión y hasta 200 días de multa”.
Esta disposición aplicará a los cuerpos policiacos y a los funcionarios de todos los niveles que procedan sin justificación alguna a vejar o a degradar a otra persona.
Aclara que “no se considerará tortura los dolores o sufrimientos físicos o psicológicos que sean únicamente consecuencia de medidas legales impuestas por autoridad competente, o las inherentes o incidentales a éstas, o de las derivadas del uso legítimo de la fuerza, de conformidad con lo previsto en la legislación nacional e internacional aplicable”.
Además de coordinarla con el Protocolo de Estambul, que se usa a nivel internacional para la investigación de tortura y tratos crueles, desarrolla la forma en que las autoridades de todos los niveles de gobierno tienen que trabajar para evitar la comisión de estos delitos.
Dispone, en el artículo 63, que “los agentes de las Instituciones de Seguridad Pública que realicen detenciones deberán contar con un dispositivo electrónico de localización geofísica en tiempo real, que deberá estar en funcionamiento a partir del momento de la detención y hasta la puesta a disposición de la persona detenida; mediante el cual deberán realizar un Reporte Administrativo de manera inmediata al Centro Nacional de Información, a través del Informe Policial Homologado”.
Esta nueva ley establece un plazo máximo de dos años para que los cuerpos policiacos cuenten con este dispositivo.
Otra innovación es la creación del Mecanismo Nacional de Prevención, que será parte de la CNDH y contará con un Comité Técnico, integrado por expertos independientes, que podrá “acceder, en cualquier momento, sin aviso previo ni restricción alguna, a todos los lugares de privación de libertad, en términos de lo establecido en la Ley Nacional de Ejecución Penal”; es decir, incluye a los centros militares.
Esos expertos podrán entrevistarse libremente con cualquier persona privada de la libertad o con el personal que labore en los lugares de privación de libertad, las ocasiones y el tiempo que sea necesario, en total privacidad, si así se requiere.
FUENTE:EL EXCELSIOR
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